En su paquete habitual de decisiones sobre procedimientos de infracción, la Comisión Europea emprende acciones jurídicas contra diversos Estados miembros que no han cumplido las obligaciones que les incumben en virtud del Derecho de la Unión. Estas decisiones, que abarcan distintos sectores y ámbitos de actuación de la Unión Europea, tienen por objeto velar por la correcta aplicación del Derecho de la Unión en beneficio de los ciudadanos y de las empresas.
A continuación, se presentan las principales decisiones adoptadas por la Comisión, agrupadas por ámbitos de actuación.
Medio ambiente
Cartas de emplazamiento con arreglo al artículo 260, apartado 2, del TFUE
Gestión del agua y protección de la naturaleza: la Comisión pide a ESPAÑA que cumpla una sentencia del Tribunal relativa al deterioro del parque nacional de Doñana
La Comisión pide a España [INFR(2014)2090] que ejecute rápida y eficazmente la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 24 de junio de 2021 relativa a los humedales de Doñana (asunto C-559/19). En su sentencia, el Tribunal confirmó que España no había garantizado una gestión sostenible de las masas de agua subterránea que alimentan los humedales de Doñana, tal como exige la Directiva marco sobre el agua (2000/60/CE). Además, España no adoptó las medidas adecuadas con arreglo a la Directiva sobre los hábitats (1992/43/CEE) para detener el deterioro posterior de los hábitats naturales protegidos en varios lugares Natura 2000 designados por las autoridades españolas en torno al parque nacional de Doñana y dentro de él. La decisión del Tribunal es coherente con el firme compromiso de la Comisión de conservar el valor natural excepcional de Doñana para las futuras generaciones de europeos. Tanto el Pacto Verde Europeo como la Estrategia sobre la biodiversidad de aquí a 2030 indican que es fundamental que la Unión ponga fin a la pérdida de biodiversidad y que la proteja y la restablezca. Tras los canjes de notas con las autoridades españolas y a la luz de la información científica disponible sobre estas cuestiones, la Comisión ha llegado a la conclusión de que las medidas que España ha aplicado hasta la fecha son insuficientes para poner fin a la infracción declarada por el Tribunal. Por consiguiente, la Comisión envía una carta de emplazamiento, con arreglo al artículo 260, apartado 2, del TFUE. España dispone ahora de dos meses para presentar sus observaciones sobre las cuestiones señaladas por la Comisión. Tras examinar esas observaciones, la Comisión se reserva el derecho de remitir el asunto de nuevo al Tribunal con arreglo al artículo 260, apartado 2, del TFUE y solicitar que se impongan a España sanciones financieras.
Carta de emplazamiento y dictámenes motivados
Protección de la naturaleza y pesca: la Comisión pide a BULGARIA, FRANCIA y ESPAÑA que eviten las capturas accesorias de delfines comunes y otras especies protegidas
La Comisión pide a Bulgaria [INFR(2022)2052], F rancia [INFR(2020)4036] y España [INFR(2020)4039] que apliquen las medidas exigidas
por la Directiva sobre los hábitats (92/43/CEE) y la política pesquera común para evitar las capturas accesorias de especies protegidas por parte
de los buques pesqueros. Se necesitan medidas urgentes para cumplir la legislación y garantizar la coherencia con los compromisos contraídos en el marco del Pacto Verde Europeo y la Estrategia sobre la biodiversidad de aquí a 2030 a fin de reducir las capturas accesorias de
especies protegidas. La Directiva sobre los hábitats exige medidas de protección y conservación de especies como la marsopa común, el delfín común y el delfín mular, la tortuga boba, la foca gris
y las aves marinas, que son de obligada aplicación en los lugares Natura 2000 designados para la protección de dichas especies. Los Estados miembros deben establecer un sistema de protección
rigurosa y prohibir, en particular, la captura o el sacrificio deliberados y la perturbación de las especies. También deben supervisar las capturas accesorias y garantizar que estas no tengan una
repercusión negativa importante en las especies en cuestión. Bulgaria no ha tomado medidas para evitar la perturbación de los delfines y las marsopas comunes en los lugares Natura 2000, y tampoco
ha controlado adecuadamente las capturas accesorias de estas especies protegidas en el mar Negro. El país tampoco ha transpuesto correctamente la obligación de controlar las capturas accesorias,
tal como exige la Directiva sobre los hábitats. Como parte de sus acciones en el marco de la Estrategia sobre Biodiversidad para abordar la cuestión de las capturas accesorias, la Comisión ha
decidido enviar una carta de emplazamiento a Bulgaria, que dispone ahora de dos meses para responder a ella y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. En ausencia de una respuesta
satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado. Francia y España no han tomado medidas suficientes para mejorar la vigilancia del estado de conservación de varias especies
y hacer un seguimiento de las capturas accesorias realizadas en sus aguas o por sus flotas. Además, no han tomado las medidas necesarias para evitar la perturbación y los sacrificios de especies
marinas en los lugares Natura 2000. Francia tampoco ha transpuesto completamente las obligaciones de la Directiva sobre los hábitats relativas al establecimiento de un sistema de control de las
capturas accesorias y a la adopción de las medidas de conservación necesarias. El Reglamento sobre medidas técnicas [Reglamento (UE) 2019/1241] también exige medidas de mitigación
específicas en el marco de la política pesquera común. Ni Francia ni España han adoptado las medidas necesarias recomendadas por la ciencia para reducir las capturas accesorias, como las vedas en
determinadas zonas y períodos. Tampoco han garantizado un control y una inspección eficaces. La Comisión envió sendas cartas de emplazamiento a Francia y España en julio de 2020. Sin embargo, estos países no han
adoptado las medidas necesarias para subsanar esas deficiencias. Por consiguiente, la Comisión ha decidido enviar a ambos países dictámenes motivados. Francia y España disponen ahora de dos meses
para responder a ellos y adoptar las medidas necesarias. En caso contrario, la Comisión podría optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Migración, Asuntos de Interior y Unión de la Seguridad
Cartas de emplazamiento
Lucha contra los abusos sexuales de los menores: la Comisión pide a IRLANDA, ITALIA, PORTUGAL y ESPAÑA que cumplan la Directiva relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores
La Comisión Europea ha decidido hoy incoar procedimientos de infracción enviando una carta de emplazamiento a Irlanda [INFR(2019)2235] y cartas de emplazamiento adicionales a Italia [INFR(2018)2335], Por tugal [INFR(2018)2334] y España [INFR(2018)2197] por no aplicar las disposiciones de la Directiva relativa a la lucha contra los
abusos sexuales y la explotación sexual de los menores (Directiva 2011/93/UE). La Directiva es una parte esencial del marco jurídico de la Unión en la lucha
contra los abusos sexuales a menores. Exige a los Estados miembros que introduzcan normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones en el ámbito de los
abusos sexuales y la explotación sexual de los menores, la pornografía infantil y el embaucamiento de menores con fines sexuales. También introduce disposiciones para mejorar la prevención de
estos delitos y la protección de las víctimas. La Comisión considera que Irlanda, Italia, Portugal y España han transpuesto incorrectamente determinadas disposiciones de la Directiva relativas a
la definición de determinadas infracciones, la prevención y la asistencia a las víctimas. Irlanda, Italia, Portugal y España disponen ahora de dos meses para responder a las alegaciones
presentadas por la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir dictámenes motivados.
Justicia
Dictámenes motivados
Protección de los denunciantes: La Comisión Europea adopta nuevas medidas en el procedimiento de infracción contra quince Estados miembros
La Comisión Europea ha decidido hoy adoptar nuevas medidas en los procedimientos de infracción contra Bulgaria [INFR(2022) 0021], Chequia [INFR(2022)0043 ], Estonia [INFR(2022)0055], F inlandia [INFR(2022)0079], Fra ncia [INFR(2022)0083], Alemani a [INFR(2022)0052], Grecia [IN FR(2022)0061], Hungría [INFR( 2022)0093], Irlanda [INFR( 2022)0098],Italia [INFR(2022) 0106], Luxemburgo [INFR(2022) 0119], los Países
Bajos [INFR(2022)0143], Poloni a [INFR(2022)0150], Eslovaquia [INFR(2022)0188] y España [INFR(2022)0073], enviándoles dictámenes motivados por no haber transpuesto plenamente
la Directiva relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión
[Directiva (UE) 2019/1937]. La fecha límite para que los Estados miembros transpusieran la Directiva era el 17 de diciembre de 2021. En enero de 2022, la Comisión envió cartas de
emplazamiento a veinticuatro Estados miembros por no transponer ni comunicar las medidas de transposición a la Comisión dentro del plazo establecido. De estos, los quince Estados miembros
mencionados todavía no han adoptado medidas de transposición y disponen de dos meses para responder a los dictámenes motivados de la Comisión. Si las respuestas no son satisfactorias, la Comisión
podría decidir llevar a los Estados miembros en cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Fiscalidad y unión aduanera
Dictámenes motivados
Fiscalidad: La Comisión insta a GRECIA y ESPAÑA a comunicar las medidas de ejecución de las normas sobre asimetrías híbridas con terceros países de la Directiva contra la elusión fiscal
La Comisión Europea ha decidido hoy enviar dictámenes motivados a Grecia [INFR(2022)0058] y España [INFR(2022)0070] por no haber comunicado las medidas nacionales necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 bis de la Directiva (UE) 2017/1952 del Consejo, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se refiere a las asimetrías híbridas con terceros países. Estas normas impiden que los contribuyentes aprovechen las diferencias entre los sistemas fiscales para pagar menos impuestos, o no pagar ninguno, y evitan la erosión de las bases imponibles de los Estados miembros. El plazo para comunicar las normas finalizaba el 31 de diciembre de 2021 En ausencia de una comunicación completa de todas las medidas de ejecución nacionales, la Comisión podría decidir remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Movilidad y transporte
Cartas de emplazamiento
Navegación interior: la Comisión pide a ESLOVENIA y ESPAÑA que transpongan la nueva legislación de la Unión sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales