La Comisión Europea lleva a Polonia ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para proteger a los jueces del control político

El 3 de abril de 2019, la Comisión incoó este procedimiento de infracción alegando que el nuevo régimen disciplinario menoscaba la independencia judicial de los jueces polacos y que no ofrecía garantías suficientes para protegerlos del control político, tal y como exige el Tribunal de Justicia de la UE.

 

En concreto, la legislación polaca permite que los jueces ordinarios sean objeto de investigaciones, procedimientos y sanciones disciplinarias sobre la base del contenido de sus resoluciones judiciales, incluso en el ejercicio de su derecho a solicitar, en virtud del artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie con carácter prejudicial. Además, el nuevo régimen disciplinario no garantiza la independencia ni la imparcialidad de la Sala Disciplinaria del Tribunal Supremo, que está formada únicamente por jueces seleccionados por la Sala del Gobierno, que es elegida políticamente por el Parlamento polaco (Sejm). Asimismo, el nuevo régimen disciplinario no asegura que un tribunal «establecido por ley» decida en primera instancia en los procedimientos disciplinarios contra los jueces de los tribunales ordinarios. En su lugar, faculta al presidente de la Sala Disciplinaria para determinar, ad hoc y casi de forma totalmente discrecional, si el tribunal disciplinario de primera instancia conocerá de un asunto incoado contra un juez de un tribunal ordinario. El nuevo régimen ya no garantiza que los asuntos se tramiten en un plazo razonable, de manera que el ministro de Justicia puede mantener los cargos contra los jueces de los tribunales ordinarios a través de los funcionarios disciplinarios designados por el ministro. El nuevo régimen también afecta al derecho de defensa de los jueces de los tribunales ordinarios. En resumen, los jueces no están al abrigo del control político y, por lo tanto, se vulnera la independencia del poder judicial.

 

El 3 de abril de 2019, la Comisión remitió a Polonia una carta de emplazamiento. Tras un análisis exhaustivo de la respuesta recibida, la Comisión llegó a la conclusión de que la misma no resuelve los problemas jurídicos y dio el paso siguiente en el procedimiento, enviando un dictamen motivado el 17 de julio de 2019. En su última respuesta, las autoridades polacas tampoco despejan las reservas de la Comisión.

 

La Comisión ha decidido, por consiguiente, llevar a Polonia ante el Tribunal de Justicia de la UE. Habida cuenta de la posible repercusión del régimen disciplinario en la independencia judicial, se justifica una solicitud de procedimiento acelerado para obtener una sentencia firme a la mayor brevedad. Esto también estaría en consonancia con la Comunicación de la Comisión, de 17 de julio de 2019, titulada «Refuerzo del Estado de Derecho en la Unión - Propuesta de actuación», que subraya que, al basarse en su planteamiento actual en materia de cumplimiento y al desarrollar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, la Comisión aplicará un enfoque estratégico a los procedimientos de infracción relacionados con el Estado de Derecho, solicitando procedimientos acelerados y medidas provisionales cuando sea necesario.

 

Contexto

 

Uno de los valores comunes en los que se fundamenta la Unión Europea y que comparten todos sus Estados miembros es el Estado de Derecho. Está consagrado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. Se trata de un elemento esencial para el funcionamiento de la UE en su conjunto, por ejemplo, en relación con el mercado interior y la cooperación en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior, así como para garantizar que los jueces nacionales, que son también «jueces de la UE», puedan desempeñar su cometido de hacer cumplir el Derecho de la UE e interactuar adecuadamente con el Tribunal de Justicia de la UE en el marco de los procedimientos prejudiciales. Las Comunicaciones de la Comisión de 3 de abril y 17 de julio de 2019 relativas al Estado de Derecho explican de qué instrumentos se dispone para velar por su respeto y las acciones y propuestas de la Comisión para reforzar tales instrumentos.

 

La Comisión Europea, junto con otras instituciones de la Unión y sus Estados miembros, es responsable, con arreglo a los Tratados, de garantizar el respeto del Estado de Derecho como valor fundamental de nuestra Unión y de velar por que se observen la legislación, los valores y los principios de la UE.

 

La evolución de la situación en Polonia dio lugar a que la Comisión Europea iniciara un diálogo con el Gobierno de Polonia en enero de 2016, dentro del Marco del Estado de Derecho, y que, el 20 de diciembre de 2017, activara el proceso previsto en el artículo 7, apartado 1, del TUE. El proceso se basa en un diálogo continuo entre la Comisión y el Estado miembro de que se trate. La Comisión informa periódicamente al Parlamento Europeo y al Consejo.

 

Además, la Comisión incoó el 2 de julio de 2018 un procedimiento de infracción en relación con la ley polaca sobre el Tribunal Supremo, motivado por sus disposiciones en materia de jubilación y su repercusión en la independencia de dicho tribunal. El 24 de septiembre de 2018, la Comisión decidió remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la UE, que emitió su sentencia firme el 24 de junio de 2019. El Tribunal ha fallado que la reducción de la edad de jubilación de los jueces del Tribunal Supremo es contraria al Derecho de la UE e infringe el principio de inamovilidad de los jueces y, en consecuencia, de independencia del poder judicial.

 

El 29 de julio de 2017, la Comisión incoó un procedimiento de infracción en relación con la ley polaca sobre los tribunales ordinarios, también motivado por las disposiciones en materia de jubilación y su repercusión en la independencia del poder judicial. La Comisión remitió el asunto al Tribunal de Justicia de la UE el 20 de diciembre de 2017.

 

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