Medidas de contingencia "sin acuerdo" para el Brexit: Erasmus+, Seguridad Social y presupuesto.

Dado el riesgo cada vez mayor de que el Reino Unido pueda abandonar la UE el 30 de marzo de este año sin un acuerdo («escenario sin acuerdo»), la Comisión Europea ha adoptado hoy un conjunto definitivo de propuestas de contingencia en el ámbito del programa Erasmus, la coordinación de la seguridad social y el presupuesto de la UE.

 

Se da así continuidad a los llamamientos del Consejo Europeo (artículo 50) de noviembre y diciembre de 2018 para intensificar el trabajo de preparación a todos los niveles, y a la adopción, el 19 de diciembre de 2018, del Plan de Acción de Contingencia de la Comisión, incluidas varias medidas legislativas, así como a las propuestas de contingencia de la semana pasada para la pesca en la UE. Vienen a sumarse al amplio trabajo de preparación que ha emprendido la Comisión desde diciembre de 2017, tal como se establece en anteriores comunicaciones de preparación .

 

En un «escenario sin acuerdo», las medidas adoptadas hoy garantizarán que:

  •  los jóvenes de la UE y del Reino Unido que participen en el programa Erasmus+ a 30 de marzo de 2019 puedan completar su estancia sin interrupción;
  • las autoridades de los Estados miembros de la UE sigan teniendo en cuenta los periodos de seguro, empleo o residencia en el Reino Unido antes de la fecha de retirada a la hora de calcular prestaciones de la seguridad social como las pensiones;
  • los beneficiarios del Reino Unido de la financiación de la UE sigan recibiendo pagos en virtud de los contratos vigentes, siempre que el Reino Unido siga cumpliendo sus obligaciones financieras con cargo al presupuesto de la UE. Esta cuestión es independiente de la liquidación financiera entre la Unión Europea y el Reino Unido.

Es importante señalar que estas medidas en ningún caso podrán atenuar el impacto global de la falta de acuerdo, como tampoco compensarán en ningún modo la falta de preparación ni reproducirán plenamente las ventajas de la adhesión a la Unión o las ventajosas condiciones de un eventual periodo de transición como el que se prevé en el acuerdo de retirada.

 

Las propuestas de hoy son de carácter temporal, tienen un alcance limitado y serán adoptadas unilateralmente por la UE. Tienen en cuenta los debates con los Estados miembros. La Comisión seguirá apoyando a los Estados miembros en su labor de preparación y ha intensificado sus esfuerzos, por ejemplo organizando visitas a todas las capitales de la EU-27.

 

Protección de los derechos de los participantes en Erasmus+

Erasmus+ es uno de los programas emblemáticos de la UE. A 30 de marzo, serán 14 000 los jóvenes de la EU-27 (incluidos estudiantes, estudiantes en prácticas de educación superior y de educación y formación profesionales, educandos jóvenes y personal educativo) que se encuentren en el Reino Unido gracias al programa Erasmus+ y 7 000 los participantes del Reino Unido que se encuentren en la EU-27. En un «escenario sin acuerdo», no podrían completar su estancia y dejarían de reunir las condiciones para poder optar a estas becas. La propuesta de hoy tiene por objeto remediar esta situación garantizando que, en caso de producirse este escenario, los estudiantes y los becarios que estén en el extranjero gracias a Erasmus+ en el momento de la retirada del Reino Unido puedan completar sus estudios y seguir recibiendo los fondos o becas pertinentes. 

 

Protección de los derechos de seguridad social de los ciudadanos 

La Comisión siempre ha dejado claro que los derechos de los ciudadanos de la UE en el Reino Unido y de los ciudadanos del Reino Unido en la UE constituyen su prioridad. Estos ciudadanos no deben pagar el precio del Brexit. La propuesta de hoy pretende garantizar que, en «un escenario sin acuerdo», se salvaguarden los derechos de las personas que ejercieron su derecho a la libre circulación antes de la retirada del Reino Unido. Estos derechos incluyen períodos de seguro, de trabajo (autónomo o por cuenta ajena) o de residencia en el Reino Unido antes de su retirada. Por ejemplo, esto significa que si un ciudadano de la EU-27 ha trabajado durante 10 años en el Reino Unido antes del Brexit, las autoridades competentes del Estado miembro en el que se jubila deben tener en cuenta este período a la hora de calcular sus derechos de pensión.

 

El Reglamento propuesto garantiza que los Estados miembros sigan aplicando los principios básicos de la coordinación de la seguridad social de la UE, a saber, los principios de igualdad de trato, asimilación y agregación. La propuesta de hoy en ningún caso reproduce las significativas ventajas del acuerdo de retirada del 14 de noviembre. No cubre los derechos acumulados después del 29 de marzo de 2019 ni la exportabilidad de las prestaciones en metálico, la provisión continuada de prestaciones por enfermedad en especie ni las normas sobre la legislación aplicable.

 

Protección de los beneficiarios del presupuesto de la UE

Como se ha reiterado en numerosas ocasiones, todos los compromisos contraídos por los 28 Estados miembros deben ser respetados por estos. Ello también se aplicaría en un «escenario sin acuerdo», situación en la que se esperaría que el Reino Unido siga cumpliendo todos los compromisos asumidos durante su pertenencia a la UE. 

 

La propuesta de hoy permite a la UE, en un escenario «sin acuerdo», estar en condiciones de cumplir sus compromisos y seguir realizando pagos en 2019 a los beneficiarios del Reino Unido para los contratos firmados y las decisiones tomadas antes del 30 de marzo de 2019, a condición de que el Reino Unido cumpla sus obligaciones en virtud del presupuesto de 2019 y acepte los controles y comprobaciones de auditoría necesarios. Esto ayudaría a mitigar el considerable impacto que tendría una hipotética falta de acuerdo en toda una serie de ámbitos que reciben financiación de la UE, como la investigación, la innovación o la agricultura. 

 

Esta cuestión será independiente del acuerdo financiero entre la UE y el Reino Unido y no va en perjuicio del mismo

 

Próximos pasos

La Comisión Europea trabajará en estrecha colaboración con el Parlamento Europeo y el Consejo para garantizar la adopción de los actos legislativos propuestos, de modo que estén en vigor a más tardar el 30 de marzo de 2019. La Comisión también llama la atención del Parlamento Europeo y el Consejo sobre la importancia que reviste la entrada en vigor lo antes posible de los actos delegados. 

 

Contexto

El 14 de noviembre de 2018, los negociadores de la Comisión y del Reino Unido acordaron los términos del acuerdo de retirada. El 22 de noviembre de 2018, la Comisión aprobó el acuerdo de retirada. El 25 de noviembre de 2018, el Consejo Europeo (artículo 50) aprobó el acuerdo de retirada e invitó a la Comisión, al Parlamento Europeo y al Consejo a tomar las medidas necesarias para que el acuerdo pueda entrar en vigor el 30 de marzo de 2019, con el fin de asegurar una retirada ordenada. En la actualidad existe una gran incertidurmbre en torno a la ratificación del acuerdo de retirada en el Reino Unido.

 

El 5 de diciembre de 2018 la Comisión adoptó dos propuestas de Decisión del Consejo por las que se autorizan la firma y la celebración del acuerdo de retirada. Para que el acuerdo de retirada entre en vigor, el Consejo debe autorizar la firma del texto en nombre de la Unión y el Parlamento Europeo debe dar su aprobación antes de ser celebrado por el Consejo. El acuerdo de retirada tendrá que ser ratificado por el Reino Unido, de conformidad con sus propios requisitos constitucionales.

 

La ratificación del acuerdo de retirada sigue siendo el objetivo prioritario de la Comisión. Tal como se puso de relieve en la primera Comunicación de la Comisión sobre la preparación del Brexit, de 19 de julio de 2018, con independencia del hecho de que haya o no un acuerdo, la decisión del Reino Unido de retirarse de la Unión Europea causará importantes perturbaciones.

 

Tanto los distintos interesados como las autoridades nacionales y de la UE deben, por tanto, prepararse para dos grandes hipótesis:

 

Si el acuerdo de retirada se ratifica antes del 30 de marzo de 2019, el Derecho de la UE dejará de aplicarse al y en el Reino Unido el 1 de enero de 2021, es decir, transcurrido un período transitorio de 21 meses. The Withdrawal Agreement includes the possibility for a single extension of the transition period for up to one or two years. 

Si el acuerdo de retirada no se ratifica antes del 30 de marzo de 2019, no habrá periodo transitorio y el Derecho de la UE dejará de aplicarse al y en el Reino Unido a partir del 30 de marzo de 2019. Esta hipótesis se conoce como «escenario sin acuerdo» o «escenario límite».

La Comisión publicó el año pasado 88 comunicaciones sectoriales para informar a los ciudadanos de las consecuencias de la retirada del Reino Unido en ausencia de cualquier forma de acuerdo de retirada. Están disponibles en todas las lenguas oficiales de la UE. Con las propuestas de hoy, son 18 las propuestas legislativas presentadas por la Comisión propuestas en el contexto de la preparación del Brexit y el trabajo de contingencia. La Comisión ha mantenido también debates técnicos con los Estados miembros de la EU-27, tanto sobre cuestiones generales de preparación como sobre medidas de preparación sectoriales, jurídicas y administrativas específicas. Las diapositivas utilizadas en estos seminarios técnicos están disponibles en línea. La Comisión también ha empezado a visitar los 27 Estados miembros de la UE con el fin de garantizar que los planes nacionales de contingencia vayan por el buen camino y de proporcionar las aclaraciones necesarias sobre el proceso de preparación.

 

Nota de prensa aquí